En virtud del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Murcia dentro del Plan de Empleo y Promoción Económica, por el que colaboramos en la puesta en marcha de actuaciones encaminadas a informar al Ayuntamiento de Murcia de todas y cada una de las novedades en materia normativa y legislativa, os adjuntamos resumen de la convocatoria de ayudas para la promoción del arte contemporáneo español 2024, mediante el apoyo a las galerías de arte:
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura
por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para
la promoción del arte contemporáneo español, correspondientes a 2024 (BOE nº
159 de 2 de julio de 2024).
Se convocan para el
periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, en régimen
de concurrencia competitiva, las ayudas
destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a
las galerías de arte, con el objetivo de impulsar al sector cultural español para operar a nivel internacional, promoviendo la
circulación y visibilidad de obras y artistas españoles, las prácticas
empresariales y el desarrollo económico del sector de las artes visuales en su
conjunto.
Los conceptos por
los que se pueden solicitar las ayudas son:
· Asistencia como
galería de arte a ferias de arte contemporáneo en el extranjero. Se
considerarán ferias de arte contemporáneo en el extranjero aquellas que,
dedicadas mayoritariamente al arte de los siglos XX y XXI, se celebren en
cualquier estado distinto de España.
· Asistencia como galería de arte a ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España. Se considerarán ferias de arte contemporáneo de carácter internacional en España, aquellas que, dedicadas mayoritariamente al arte de los siglos XX y XXI y celebradas en España, cuenten con presencia de países extranjeros entre los asistentes a la edición de 2024.
·
Programación
anual en galerías de arte: realización de proyectos expositivos como
parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las
galerías y otros espacios vinculados al arte contemporáneo. Por programación
anual se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al
público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, independientemente de
que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra
anualidad.
Los conceptos mencionados son
incompatibles entre sí, por lo que cada solicitante solo podrá
solicitar ayuda para uno de ellos.
La actividad subvencionable deberá llevarse a cabo, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2024.
PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Del 3 de julio al 23 de julio de 2024.
Las personas jurídicas
deberán presentar su solicitud a través del registro
electrónico del Ministerio de Cultura https://cultura.sede.gob.es, donde se
encuentra la ayuda necesaria para completar la solicitud.
En los restantes
casos, el solicitante podrá elegir entre la presentación electrónica
o en papel pudiendo presentarse en:
Ø
En el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza
del Rey, 1, 28004 - Madrid).
Ø
En los registros de cualquier órgano
administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de
cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las
entidades que integran la Administración Local si, en este último caso se
hubiese suscrito el oportuno convenio.
Ø
En las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999 de 3 de diciembre.
Ø
En las representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero.
En cualquier caso, a efectos de determinar la fecha de su presentación, en la solicitud deberá figurar el sello de entrada de la oficina de registro correspondiente.
PARA MÁS INFORMACIÓN: descargar archivo adjunto.