CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2024 DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA EN LA REGIÓN DE MURCIA

En virtud del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Murcia dentro del Plan de Empleo y Promoción Económica,  adjuntamos resumen de la convocatoria para el año 2024 de subvenciones de fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia.


Extracto de la Resolución de 3 de julio de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de subvenciones de fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia. (BORM n.º 160, 11 de julio de 2024) Orden de 14 de mayo de 2024 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborables en la Región de Murcia (BORM n.º 128, 4 de junio de 2024).

OBJETO

Serán subvencionables con cargo a esta convocatoria los hechos o situaciones siguientes:

1.- Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.

a)- Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo de la Región de Murcia (SEF) correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración.

b)- Se encuentren desarrollando prácticas no laborales (RD 1543/2011, 31 de octubre), estén inscritos como desempleados en la correspondiente oficina de empleo del SEF como demandantes de empleo, y la contratación por la que se solicita la subvención se realice durante la vigencia de las prácticas, y siempre que, al menos hayan transcurrido seis meses desde el inicio de las mismas y se formalice por la empresa donde se estén realizando las prácticas.

c)- Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas en la correspondiente oficina de empleo del SEF y puedan ser consideradas mujeres víctimas de violencia de género o mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral y mujeres en contextos de prostitución, personas víctimas de terrorismo, personas beneficiarias de la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, o personas en situación de riesgo de exclusión social.

 d)- Se trate de mujeres desempleadas, no ocupadas e inscritas en la oficina de empleo del SEF con hijos menores de 4 años.

2.- Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años.

3.- Línea 4: Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido del contrato formativo.

4.- Línea 5: Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes. Y son: Abanilla, Albudeite, Aledo, Blanca, Campos del Río, Librilla, Lorquí, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.

5.- Línea 7: Programa para el apoyo al “retorno talento”.

6.- Línea 8: Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”.


BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden, las empresas y las personas trabajadoras autónomas, cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia. De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, tengan la consideración de empresa

SOLICITUDES

Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia o formulario, de uso obligatorio, elaborado para cada modalidad de subvención disponible en la sede electrónica de la administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia e irán dirigidas a la Directora General del SEF, por lo cual se necesitará disponer de firma electrónica. - Código 1205- Subvenciones para fomento de la contratación indefinida, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es.

DOCUMENTACIÓN

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación requerida (según Anexo I) que se aportará en formato electrónico, así como una declaración responsable de la autenticidad de los mismos.

PLAZO PRESENTACIÓN

DEL 12 DE JULIO DE 2024 HASTA EL 15 DE OCTUBRE DE 2024

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

Descargar archivo adjunto. 

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